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Importación y exportación de mudanzas y menajes
El procedimiento de importación de menajes de casa en Costa Rica esta supervisado por la aduana, por lo que será de mucha importancia para el fisco controlar y supervisar todas las acciones relacionadas a esta operación. En esta guía daremos las principales pautas a considerarse para realizar la nacionalización de estas mercancías.
Es importante definir que es un menaje de casa antes de disponerse a realizar la importación para evitar problemas con la aduana; para Hacienda el menaje de casa debe ser entendido como los enseres y artículos del hogar nuevos o usados, destinados para uso doméstico.
No se considera menaje de casa:
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El equipaje.
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Los materiales de construcción:
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Jacuzzis.
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Interruptores eléctricos.
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Cerámicas o baldosas para pisos.
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Portón eléctrico para garaje, etc.
3. Tampoco se considera menaje de casa el equipo de oficina como:
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Fotocopiadora.
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Archivadores.
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Carpetas.
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Mobiliario de Oficina en general
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Máquinas de escribir.
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Impresoras.
4. De igual manera se aclara que dentro del concepto de menaje de casa no están incluidos:
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Vehículos.
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Libros.
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Herramientas.
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Ropa y zapatos.
En el Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), no existe una partida arancelaria específica que defina “Menaje de Casa”. La Circular DNP-038-97 de fecha 8 de mayo de 1997 así lo aclara y, por lo tanto, señala que todas las mercancías importadas bajo este concepto, deben declararse individualmente y efectuar el cobro de los tributos correspondientes por cada uno de los incisos arancelarios indicados en la declaración aduanera. Para el trámite de nacionalización es necesario presentar el BILL OF LOADING (Documento de embarque) original, así como la lista detallada de los objetos a importar:
En la lista de los objetos debe incluir:
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Cantidad y peso de cada uno de los objetos
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Marca, modelo y serie de los electrodomésticos
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dentificar los artículos nuevos en la lista de empaque para evitar complicaciones con la aduana en caso de una eventual inspección física
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Asegurarse que la información del peso y número de bultos que se incluye en el B/L coincida con el peso y número de bultos real del embarque.
Adicionalmente, de acuerdo con disposiciones del Ministerio de Salud o el MAG, entre otras instituciones, debe entenderse que el ingreso de mercancías bajo el concepto de Menaje de Casa, no exime al importador o consignatario de la presentación, cuando corresponda, de los respectivos permisos no arancelarios, solicitados en la partida arancelaria correspondiente. Ello tratándose de alimentos, licor, artículos de cestería confeccionados a base de materia vegetal (mimbre – bamboo, ect..), así como artículos de uso personal como jabones, champú, cosméticos, medicinas, refrigeradores con carga, incluso ropa o zapatos usados, todos ellos requieren permisos, los cuales pueden tardar entre 15-30 días en resolverse, por lo que no se aconseja incluir estos artículos dentro de los embarques. Definitivamente se debe de excluir narcóticos, explosivos, material pornográfico o subversivo, municiones, armas, plantas animales y vivos o muertos en el embarque para evitar problemas con la aduana, nos pueden consultar si tienen alguna duda referente a cualquier artículo que crean tener poca o ninguna certeza de poder incluir en el embarque.
Procedimientos de exoneración de impuestos para costarricenses que regresan al país
Para gozar de este beneficio la persona debe de ser costarricense, mayor de edad, y demostrar que ha permanecido en el exterior al menos durante 24 meses anteriores a su regreso definitivo al país. Es importante tener en cuenta que la exoneración no es total, la misma solo cubre el Impuesto Ad Valorem o solo sobre el valor declarado de la mercancía, así que deberá pagar impuestos sobre el flete y el seguro de la base CIF del cálculo para aduana.
Para hacer uso del derecho de exención, debe tenerse en cuenta lo siguiente:
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Que la exención se refiere exclusivamente a los impuestos Arancelarios. Tratándose de electrodomésticos, salvo casos excepcionales, en principio se exonera solamente un electrodoméstico de cada especie.
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El menaje de casa tiene que ser usado y procedente del país donde residió el beneficiario para poder aplicarse la exención.
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El interesado deberá estar al día con el pago de los impuestos que administre la Administración Tributaria del Ministerio de Hacienda.
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Estar al día con sus obligaciones con la CCSS.
Requisitos mínimos para hacer uso de la exoneración son los siguientes
1. Certificación sobre los últimos movimientos migratorios del interesado. Este debe cubrir el lapso mínimo de veinticuatro meses de permanencia en el exterior, y en el mismo debe indicarse la última fecha de entrada al país.
2. Documento que demuestre la residencia en el exterior de los últimos veinticuatro meses. Este documento puede ser certificación o constancia emitida por el Cónsul de Costa Rica en ese país. Este documento a que se hace referencia debe ser apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en nuestro país.
3. Copia completa del pasaporte (hoja por hoja).
4. Copia de la cédula de identidad (ambos lados).
5. Original del conocimiento de embarque.
6. Declaración jurada notarial indicando:
a) Que el beneficiario no ha gozado de exención arancelaria sobre menaje de casa en los últimos cinco años.
b) Que el beneficiario regresa definitivamente a residir en Costa Rica.
c) Que el beneficiario autoriza a la Dirección General de Hacienda para que realice cualquier investigación sobre el uso y destino de los bienes importados con franquicia arancelaria.
7. Si el cónyuge del beneficiario es costarricense y/o si tiene hijos mayores de edad costarricenses, residiendo con él en su núcleo familiar, debe aportar declaración jurada ante notario costarricense en la cual el cónyuge y/o los hijos mayores de edad del núcleo familiar del solicitante, renuncian al derecho de exonerar menaje de casa a su nombre.